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Dr. Liber Martín: “Escasez, sequía y emergencia en el derecho del agua”

• Su disertación buscó analizar en perspectivas comparadas con alusión a la realidad institucional y legal de Mendoza, cuál es la reacción que los sistemas jurídicos similares han tenido frente a este tipo de episodios ya que hay coincidencias notables en 5 países.

• California, Chile y Mendoza ha coincidido con un período de sequía. California la peor en 100 años.

• La sequía severa es parte de la realidad de nuestro clima y no es debido al cambio climático.

• Problemática común de los 5 países: mecanismos de asignación y resignación de derecho de aguas; y de los mecanismos de distribución de las aguas. Mecanismos propuestos para una escasez ordinaria.

• Pero lo que sucede es una situación de sequía, disminución prolongada respecto de la media histórica que se corresponde a una situación de escasez extraordinaria que pone a prueba el sistema.

• Distinguir conceptos de escasez, sequía y emergencia.

• Escasez extraordinaria se corresponde a una situación de sequía meteorológica o hidrológica, que son conceptos distintos. Meteorológica se refiere a escasez de precipitaciones. Hidrológica, a la disminución de escurrimiento.

• Medidas que adoptaron los 5 países frente a sequías similares a partir del estado de emergencia hídrica:

– Suspensión temporal de la aplicación de la ley y las normas. Por ej: se suspende la necesidad de realización de licitación pública, por lo que es necesario contratar directamente.

– Se incrementa las facultades discrecionales de los gobiernos, se reduce la posibilidad o la rendición de cuentas. Se agilizan procedimientos que violan derechos y garantías. Se reden los parámetros ambientales y de calidad de agua.

– Se disponen ayudas extraordinarias de financiación pública para algunos sectores, sin demasiadas evaluaciones y con un coste fiscal altísimo y sujetas a escaso control.

– Se aprueban cambios permanentes. Por ejemplo: obras que habían estado paradas o que no se concedían hace décadas de repente eran aprobadas bajo la urgencia de una sequía opero no iban a servir para apalear la sequía actual. Hay que evaluar las obras en un marco de mayor perspectivas que preparen y hagan el sistema más resiliente desde un enfoque preventivo y no un enfoque reactivo.

• La sequía del año pasado le costó al país casi 1 punto del PBI, sobre todo la sequía en la pampa húmeda. La sequía que provocó el niño en Colombia y Venezuela le costó más de 1 punto del PBI.

• La DGA de Chile utiliza un criterio mixto entre escurrimiento y precipitación.

• Los norteamericanos en California establecieron un sistema nacional de monitoreo de la sequía que funciona a partir de estas 5 categorías y contempla no solo precipitación ni acumulación de nieve si no que considera una serie de factores que convergen y proveen una evidencia respecto de la situación de sequía en la que nos encontramos. Por ejemplo: puede ocurrir que haya precipitación baja o media sin embargo que las temperaturas bajas determinen que no estamos en situación de sequía o que la humedad del suelo determine lo mismo.

• Utilizan una serie de factores para hacer un pronóstico semanal para establecer o no qué área está en situación y en qué grado de sequía.

• California en el año 2016 ha coincidido con el estado de sequía nuestro. En el 2017, California declara oficialmente el fin de la sequía. El reporte oficial de la autoridad del agua en el medio de la sequía concluye que:

– la sequía es parte normal de su clima, la mayoría de los estados del oeste no tienen un sistema legal establecido ni un proceso para declarar o definir la sequía.

– No se utilizó ningún criterio formal para declarar la emergencia a lo largo del estado en 2009 ni en 2014.

• California reformó el código de aguas en el 2014 para incluir una regulación de la emergencia.

• España este año entra nuevamente en una sequía importante. Debido a esto han reformado el código de aguas y producen una regulación de la emergencia en la ley de aguas española.

• El plan hidrológico empezó a cambiar el enfoque reactivo por un enfoque preventivo para anticiparse y ordena un proceso especial de planificación de la sequía por cuenca. Muestra de manera simultánea los dos enfoques.

• Chile declara “somos escasez” a partir de un decreto de la presidencia. Si bien la ley pone un límite al tiempo que tiene que durar la emergencia, se vieron obligados a plantear un estado de emergencia indefinidamente y se han planteado un enfoque de gestión de riego en la última reforma.

• El Dr. Liber Martín propone 3 desafíos para Mendoza: revisar las formas en que consideramos que estamos en una situación de sequía, las categorías y los tiempos que tiene; dar un marco jurídico más consistente a la emergencia, que hoy se dicta a partir de resoluciones espontáneas por parte de distintas autoridades; y pensar en políticas con carácter preventivo que se anticipen al riesgo antes de la próxima sequía.

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